Observatorio de la Justicia:
Prueba de Integridad para el Ministerio Público
Dro. Erwin Lobos Ríos, Presidente Instituto de Derecho Constitucional, Garantismo y Justicia. |
Por: Dro. Erwin Lobos Ríos
Presidente del Instituto de Derecho
Constitucional, Garantismo y Justicia
Foto de la vídeo denuncia realizada por la Jueza Muchelle Aguilera. |
En virtud de una denuncia hecha por una juez de femicidio, Michelle Aguilera,
acerca de la constante intervención del Ministerio Púbico por medio de la
secretaria de esta institución abogada Mayra Véliz, se origina para el MP una
prueba de integridad. MP versus MP Es una cuestión toral para confirmar la
institucionalidad de la función del MP en la persecución de los delitos
denunciados. Antes hay que investigar de una manera objetiva sin privilegios,
sin sesgos, sin ocultamientos, sin urdir tramas ilegales, más bien cumpliendo
con la obligación de la verdad que ordena el artículo respectivo del Código
Procesal Penal. Una pesquisa objetiva debería investigar como hipótesis
instrumental bajo que instrucciones y de quién procedía la secretaria del Ministerio Público quien
legalmente funciona bajo órdenes superiores de la propia fiscal general no
puede ignorarse que por el celo profesional de la fiscal ella está enterada de
todo lo que acontece en actuación, gestión o intervención legal, en mi opinión
el Ministerio Publico tiene toda la capacidad institucional para investigar
objetivamente a partir de la noticia criminis, una denuncia o querella. Creo
debe exigirse que la actuación sea sin favorecer a personas o instituciones ni
sectores fuera del MP, la actual fiscal en cierta forma ha tenido una buena
gestión. Desde luego con algunas falencias como por ejemplo que sus fiscales en
ciertos casos no siguen el debido
proceso ni respetan las garantías
constitucionales del derecho de defensa ni la necesaria relación causal entre
hechos y personas y que litiga por los medios de comunicación. Tenemos
información que existe un instructivo para que los Jueces de Femicidio asuman
alguna determinada actuación judicial lo cual en el más claro sentido atenta
contra el Derecho de Independencia judicial Constitucional ante la noticia de
la Juez de Femicidio en el sentido de dar instrucciones y pretendiendo orientar
las resoluciones judiciales lo cual claramente constituye delitos como tráfico
de influencias violación a la independencia judicial abuso de autoridad y otros
como coacción, deben investigarse en el más claro procedimiento con
imparcialidad llegando hasta lo último de la verdad, que como dije debe
investigarse a la secretaria general del Ministerio Público (MP), Mayra Veliz y las superiores
Fiscales. Es inaceptable que cuando se trata de personas ligadas a la Fiscal General
a la institucionalidad del MP o auxiliares Fiscales el MP esté se ponga por encima del bien o el mal. Por ahora la CICIG hace
mutis la Fiscal General pareciera que no sabía nada y como que si fuera
intrascendente la actuación denunciada. Contrariamente la gestión denunciada es
brutalmente trascendental por que quien debe velar porque no haya impunidad,
porque haya persecución objetiva del delito objetiva, imparcialidad y actuación
transparente y ajustada al debido
proceso es el Ministerio Público. Es
pues una prueba de integridad para la fiscal General, llegar a la profundidad
y en una relación de causalidad imputar a los que resulten responsables, por
consentir tráfico de influencias y atentar a la independencia de orden
inconstitucional del organismo judicial. No debe olvidarse que el Juez que
conoce el tal asunto es el Juez Supremo de la Nación en ese caso concreto. Judex
et Judex.
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