sábado, 21 de abril de 2018

Observatorio de la Justicia: Por las Venas Abiertas del Erario Nacional


Observatorio de la Justicia:



POR LAS VENAS ABIERTAS 

DEL ERARIO NACIONAL  

         

Por: Dro. Erwin Lobos Rios,
Presidente Instituto de Derecho
Constitucional, Garantismo y Justicia
En la mayoría de países latinoamericanos desde hace mas  de  dos décadas, se ha venido dando un saqueo del erario de las naciones respectivas, por parte de políticos rateros, en razón del cargo que desempeñan desde una posición institucional que impone deberes, soslayando estos y dejando abandonados los principios de honradez, probidad y administración ética de los fondos del Estado. 
Generalmente los fondos del Erario Nacional aquellos presupuestados y asignados con propósitos precisos en función de las personas y las necesidades básicas, han sido sustraídos y apropiados perversamente como botín político por una clase política fallida, haciendo nugatorio el fin social de bienestar común y de prestación de servicios básicos como la salud, hospitales, medicinas, servicios para la población enferma, de educación, escuelas, recursos materiales y demás de esta, de seguridad ciudadana, como recursos humanos y materiales para tal permanente necesidad, de la Justicia, que comporta todo un sistema institucional orgánico. Estos fondos adscritos a un fin social y en muchas oportunidades de preservación de la vida, no han sido sancionados con la proporcionalidad que deriva, que son sustraídos por delincuentes políticos, estos no han sido sancionados con la proporcionalidad que deriva, del hecho de que son fondos para cumplir deberes de protección de la vida, que incluso hay casos y deben investigarse, de muertes de personas por carencia de fondos, por el latrocinio persistente en la administración del Estado.  El Estado y la Justicia no solo deben preocuparse por la institucionalidad, entiéndase, edificios, instalaciones, equipos en general, recursos materiales, sino debe humanizarse la gestión gubernamental, el sentido de la persona humana, hecha a imagen y semejanza de Dios, poniéndola en primer lugar como lo hace el preámbulo de la Constitución Política de Guatemala. Es el latrocinio pues  un flagelo el latrocinio, figura delictiva que con la tipologia penal y agravantes respectivos debería estar regulado en el código penal. ¿Que es latrocinio? El diccionario de la Academia Española da la siguiente definición:”Hurto o costumbre de hurtar o defraudar en sus intereses a los demás”. Yo estimo,  que debe adecuarse a una tipologia penal no solo en protección de los fondos, sino de las personas beneficiarias de la utilización legal de tales fondos, su integridad y su vida. YO COMO PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA JUSTICIA haré una propuesta razonada y pertinente,  para que se regule como delito el latrocinio, incluyendo todas las agravantes que el hecho ilícito amerita en protección de primer orden de la persona humana.

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