martes, 24 de abril de 2018

Observatorio de la Justicia: Las Malas Leyes


Observatorio de la Justicia:

Las Malas Leyes

Por: Dro. Erwin Lobos Ríos
Presidente Instituto de Derecho Constitucional,
Garantismo y Justicia

Ha sido una tradición infortunada de efectos muy nocivos, que el Congreso de la República,  sea y haya sido una fabrica imperfecta de leyes obtusas y malas que no constituyen ni edifican en  función de un sistema de normas primarias ,  o las ordinarias que desarrollan principios y valores supremos. La Ley electoral y de Partidos Políticos,  por ejemplo pervirtió el principio de que la elección de diputados es directa "de" un listado. La ley electoral citada agrego  "POR" Lista Nacional. Así, nunca fue elección directa. Una ley mala e inconstitucional. El código de trabajo en sus últimas reformas, le dio a la Inspección General de Trabajo, funciones de juzgamiento y en cierta forma de tribunal sancionador, cuando la justicia solo la imparten los tribunales según mandato constitucional. Otra ley mala. Y las casuísticas, las que llevan dedicatoria como  algunas de la prenotada ley electoral,  contra los mismos partidos y a veces a favor, pero siempre con dedicatoria. La ley de extinción de dominio, que instituye verdaderos tribunales de fuero especial con procedimiento exclusivo, anulando el debido proceso, el derecho de defensa y el derecho humano de propiedad. Una ley mala e inconstitucional. Y muchas más. No solo a promulgado leyes malas sino que han transcurrido más de treinta años, sin cumplir con promulgar una verdadera ley ANTIMONOPOLIOS, LEY DE AGUAS o LEY QUE ELIMINE LOS PRIVILEGIOS, EXONERACIONES Y LAS DISCRECIONALIDADES de las personas que detentan temporalmente el Poder Público. Promueven leyes como la nueva Ley de Migración (Instituto Guatemalteco de Migración). Otra ley mala e inconstitucional en sus artículos básicos. Hay un grave defecto sustancial en nuestro sistema jurídico. SE DEBE EXPULSAR DE NUESTRO ORDENAMIENTO  JURIDICO LAS  LEYES MALAS, INCONSTITUCIONALES Y PERVERSAS. A TODA COSTA YA.

sábado, 21 de abril de 2018

Observatorio de la Justicia: Por las Venas Abiertas del Erario Nacional


Observatorio de la Justicia:



POR LAS VENAS ABIERTAS 

DEL ERARIO NACIONAL  

         

Por: Dro. Erwin Lobos Rios,
Presidente Instituto de Derecho
Constitucional, Garantismo y Justicia
En la mayoría de países latinoamericanos desde hace mas  de  dos décadas, se ha venido dando un saqueo del erario de las naciones respectivas, por parte de políticos rateros, en razón del cargo que desempeñan desde una posición institucional que impone deberes, soslayando estos y dejando abandonados los principios de honradez, probidad y administración ética de los fondos del Estado. 
Generalmente los fondos del Erario Nacional aquellos presupuestados y asignados con propósitos precisos en función de las personas y las necesidades básicas, han sido sustraídos y apropiados perversamente como botín político por una clase política fallida, haciendo nugatorio el fin social de bienestar común y de prestación de servicios básicos como la salud, hospitales, medicinas, servicios para la población enferma, de educación, escuelas, recursos materiales y demás de esta, de seguridad ciudadana, como recursos humanos y materiales para tal permanente necesidad, de la Justicia, que comporta todo un sistema institucional orgánico. Estos fondos adscritos a un fin social y en muchas oportunidades de preservación de la vida, no han sido sancionados con la proporcionalidad que deriva, que son sustraídos por delincuentes políticos, estos no han sido sancionados con la proporcionalidad que deriva, del hecho de que son fondos para cumplir deberes de protección de la vida, que incluso hay casos y deben investigarse, de muertes de personas por carencia de fondos, por el latrocinio persistente en la administración del Estado.  El Estado y la Justicia no solo deben preocuparse por la institucionalidad, entiéndase, edificios, instalaciones, equipos en general, recursos materiales, sino debe humanizarse la gestión gubernamental, el sentido de la persona humana, hecha a imagen y semejanza de Dios, poniéndola en primer lugar como lo hace el preámbulo de la Constitución Política de Guatemala. Es el latrocinio pues  un flagelo el latrocinio, figura delictiva que con la tipologia penal y agravantes respectivos debería estar regulado en el código penal. ¿Que es latrocinio? El diccionario de la Academia Española da la siguiente definición:”Hurto o costumbre de hurtar o defraudar en sus intereses a los demás”. Yo estimo,  que debe adecuarse a una tipologia penal no solo en protección de los fondos, sino de las personas beneficiarias de la utilización legal de tales fondos, su integridad y su vida. YO COMO PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA JUSTICIA haré una propuesta razonada y pertinente,  para que se regule como delito el latrocinio, incluyendo todas las agravantes que el hecho ilícito amerita en protección de primer orden de la persona humana.

lunes, 2 de abril de 2018

Editorial: Pactos Colectivos, Privilegios y Exoneraciones son las raíces del mal en Guatemala

Editorial:

Los pactos colectivos, privilegios y exoneraciones son las raíces de todo lo malo en Guatemala.

Cada persona tiene Derechos Humanos y Garantías Constitucionales para velar que entidades públicas no abusen, suspendan o anulen las condiciones básicas que deben existir siempre para cada individuo. La ideología y la perversión surgen en el momento que las personas creen que el Estado de Guatemala fue creado para proveerle a cada guatemalteco y cumplirle con todos sus Derechos Humanos fundamentales. Proveerle de educación, salud, seguridad, empleo, habitación, familia, religión, infraestructura, etc. Proteger y velar no es lo mismo que proveer. Tampoco es posible para el Estado dar, sin recibir, ya que el principio básico de la siembra y la cosecha también es válido para nuestra república. Si no hay personas que proveen de tributos y contribuciones al Estado e instituciones públicas, las mismas no tienen recursos para poder proveerle a la población de servicios esenciales necesarios para la convivencia pacífica y el desarrollo social. Entonces sólo aquellas personas que pueden ser productivas, reciben a cambio del pago de sus impuestos, servicios esenciales de las Instituciones Públicas. Las personas pobres que no pueden proveerse de sustento, de habitación, educación, salud o trabajo, tampoco cumplen con sus obligaciones sociales y responsabilidades con Guatemala.
Entonces, el Estado vela y protege al ciudadano de los abusos, pero no le provee de cada uno de los Derechos Humanos que por Ley Natural y nuestra Constitución enumera y establece. El Estado cumple su mandato de no oprimir los Derechos Humanos de su población. Por ideología y mezquindad, muchos ahora exigen al Estado e instituciones públicas sus Derechos Humanos. Pese a una restricción constitucional, los sindicatos y funcionarios públicos viven y se sirven de los ingresos públicos para sus mejoras laborales e incrementos salariales. Recordemos que la función pública es servir al pueblo de Guatemala, y no servirse del pueblo de Guatemala. De ésta misma manera funcionan todas las instituciones públicas, sus funcionarios y empleados públicos, velan primero por sus intereses, y no cumplen con sus funciones y servicios esenciales.
Sólo se puede cambiar el sistema actual si Guatemala y todos sus ciudadanos inician a cumplir con nuestra Constitución y Sistema Legal vigente. Es necesario eliminar los pactos colectivos porque todos buscan otorgarle privilegios a todos los empleados por igual, cuando nuestra Constitución y Sistema Legal valora y defiende al individuo. O sea, cada persona es única y merece una retribución única. Nadie trabaja en grupo, o grupos, y merece recibir retribuciones que no ha trabajado o merecido. Los cheques al final del mes, son individuales y no colectivos.
La igualdad de oportunidades y derechos no significa que a todos se les debe pagar o tratar igual. Son condiciones mínimas y garantías de que las instituciones públicas y el Estado de Guatemala no va a limitar, expropiar, suspender o obviarle a nadie. Como individuos únicos e irrepetibles no se nos puede pagar como al vecino que no es una copia exacta de nosotros, ni mucho menos se parece.
Las exoneraciones y privilegios son malos porque le otorgan a unos pocos beneficios que no reciben todos. Si no hay privilegios o exoneraciones, entonces las condiciones para todos se vuelven más iguales y justas. No es posible que los empleados públicos, sindicalistas públicos, obtengan varios meses de vacaciones, arriba de los diez y ocho sueldos cada año, por ni siquiera cumplir sus funciones y servicios esenciales que exige su entidad o el sistema legal vigente.
Ninguna persona puede beneficiarse perjudicando al resto. No es legal ni es igual ni es justo.  Sólo si todos los guatemaltecos entendemos que los derechos los obtenemos cuando los ejercemos por nosotros mismos, no a costas de nadie más, iniciaremos por el camino correcto hacia el desarrollo. Sólo si todos somos responsables por nosotros mismos y los nuestros, podemos exigir que todos hagan lo mismo (volverse responsables por ellos mismos).