miércoles, 19 de julio de 2017

Observatorio de la Justicia: Revocatoria de Mandato para Reforma Constitucional

Observatorio de la Justicia



La Revocatoria de Mandato de Presidente, Vice Presidente y Alcaldes

Dro. Erwin Lobos Ríos
Presidente Instituto de Derecho
Constitucional, Garantismo y Justicia
 
Muchos países tiene en su Constitución la figura de la revocatoria del mandato de los gobernantes. Se ha argumentado válidamente que si el ciudadano, por medio del voto eleccionario hace que se elijan gobernantes como presidente o vice-presidente otorgándole mandato con límites los que se regulan por la constitución política de la republica, sin poder revocar tal mandato. Esto es notoriamente una desigualdad, o más bien una negación del derecho consustancial de elegir mandatarios, como lo es revocar en situaciones graves y críticas bajo la observancia de los tribunales electorales de revocatoria de mandato. Esto comporta un Derecho ciudadano que debería estar con tenido en nuestra Constitución Política. Es necesario que exista como figura en el sentido de Derecho Humano y Político de la revocatoria de mandato del Presidente, Vice-presidente y Alcaldes. Esto en cierta forma preservaría nuestra Constitución Política, sin tocar   principio o valor republicano fundamental. Alejaría los golpes del Estado, como hoy está estilándose decir. Un golpe técnico o blando? No. Nada de fracturar el Estado Constitucional de Derecho. Si debiera relevarse al gobernante, y el camino institucional seria la REVOCATORIA del mandato. Evitaría los procesos desgastantes de la depuración o deslegitimación, como marchas, cierre de carreteras, violencia, todo grave para el país, pues los ciudadanos en ejercicio de ese Derecho de REVOCATORIA del mandato, pueden gestionar su derecho de revocatoria. Por los motivos legales, como graves violaciones de Derechos Humanos, o atonía, o sea, inactividad de gobierno, esto calificado por el Tribunal Supremo Electoral. El estado, se ha dado para si poderes en contra el ciudadano. Persecuciones penales, fiscales, acusaciones, teléfono intervenidas, etc.  Pero el ciudadano si puede votar y elegir un “mandatario” pero no puede en un proceso constitucional revocar el mandato. Porqué? Porque se le niega como poder ciudadano, como único soberano. Es un desprecio al ejercicio político ciudadano, relegándolo a solo ser un votante. Debe instituirse en nuestra Constitución, el Derecho a la revocatoria del mandato. Ya y ahora. En este país el soberano, sigue siendo el pueblo de Guatemala, porqué no puede Revocar el mandato de los que eligió?  Es injusto. SUMMA FACER SUMMA INJUSTA.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario